La Sra. Blasco y el padrón de beneficencia en Hoyo de Manzanares

El documentos del mes…

“LA SEÑORA BLASCO Y EL PADRÓN DE BENEFICENCIA EN HOYO DE MANZANARES”

Aquel día de 1933 la Sra. Blasco entró en la consulta del médico. Don José (José Mª Ruiz Heras), llevaba en su puesto algo más de un año. A la vuelta de siete años ese joven doctor se convertiría en alcalde de Hoyo de Manzanares.

La Sra. Blasco salió de la consulta con un diagnóstico y una receta con una fórmula magistral. El documento es el siguiente:

Podemos elucubrar sobre los males que aquejaban a la Sra. Blasco y concluir que la formula iba encaminada a aplacar sus “crisis”, su insomnio y su nerviosismo, o a regular sus alteraciones hormonales. Varios componentes de la receta tienen en común su efecto sedante. Los bromuros se usaban desde el siglo XIX con este fin, especialmente el de potasio. En el caso del jarabe de azahar, además de los efectos calmantes, ayudaba a aminorar las molestias menstruales. Los jarabes eran añadidos a las fórmulas magistrales para contrarrestar, con su dulzor, el sabor salado de los cloruros, bromuros y yoduros. El agua de tilo era relajante e inducía al sueño. El yoduro potásico se utilizaba para la regulación de la glándula tiroides.

La señora Blasco era una de las hoyenses incluidas en el llamado Padrón Municipal de Beneficencia o censo en el que estaban inscritos los vecinos con bajos ingresos económicos, para recibir asistencia sanitaria o ayuda alimentaria por parte del ayuntamiento.

Este sistema de ayuda “… tiene su origen en el siglo XIX, con la Ley General de Beneficencia y los desarrollos normativos que le sucedieron y que, por primera vez, consideraban una responsabilidad pública atajar la indigencia y la miseria” *

En las actas de sesiones del ayuntamiento de Hoyo de Manzanares de los años 70, todavía se iniciaban los acuerdos sobre la Beneficencia de la siguiente manera:

Visto el Padrón de familias pobres con derecho a asistencia médico-farmacéutica, formado por la Junta Municipal de Beneficencia para surtir efectos durante el próximo ejercicio…”

El padrón se exponía al público a efectos de reclamaciones y se remitía una copia del mismo a los facultativos encargados de prestar la asistencia: el médico y el farmacéutico. Las Juntas municipales de Beneficencia eran el órgano que decidía sobre la inclusión de los vecinos en el Padrón de Beneficencia. Estaban formadas, en principio, por el alcalde, el cura párroco, un médico y varios vocales.

En el acta de pleno del ayuntamiento de octubre de 1985 se habla de la intervención de otro órgano, el Consejo Superior Municipal de Sanidad de Hoyo, que remite a la Junta Municipal de Beneficencia las instancias de las cabezas de familias que solicitan su inclusión en el Padrón de Beneficencia.

En la receta de la sra. Blasco vemos como el médico consignó en la parte de abajo el nombre de la enferma a quién iban destinados los medicamentos (se ha tapado el nombre de pila para preservar el anonimato), añadió “de Beneficencia” y estampó el sello de Alcaldía. Esto sirvió para indicar al farmacéutico (en este caso de la farmacia L.Rivas Cabello de Torrelodones), que debía dispensar de forma gratuita lo solicitado, poniendo a su vez éste el sello de su botica, para poder reclamar al ayuntamiento los gastos realizados.

En 1933 los gastos que se dieron con la receta para la sra. Blasco, formaron parte de las 3.761 ptas. que el ayuntamiento dedicó a la Beneficencia. Para que nos hagamos una idea de lo que suponían estos gastos, el sueldo de D. José, el médico, era de 208,30 ptas. mensuales (más 30 ptas. que recibió en enero por el reconocimiento de quintos), aunque hay un desglose en el que se da un gasto por “medicamentos a la beneficencia” de 35,75 ptas. en el primer semestre y de 84,90 ptas. en el segundo.

Hay que tener en cuenta que los sueldos del médico y del farmacéutico o boticario (de este último 99,25 ptas. en el segundo semestre de 1933), eran abonados por el ayuntamiento. Además, el consistorio dedicaba una partida a Asistencia Social (738,57 ptas. en 1933).

Presupuesto de gastos Ayto. de Hoyo de Manzanares. 1933

Aunque la principal prestación a que daba derecho el estar incluido en el Padrón de Beneficencia era la asistencia sanitaria, la ayuda alimentaria también se contemplaba. Así, del Padrón de 1982, en el que se incluyeron nueve personas, se excluyó a una mujer por “entender que según el art. 53,, 2º del Código Civil, tiene parientes obligados a procurarle alimentos”.

En junio de 1985 el ayuntamiento de Hoyo de Manzanares, junto con el de Torrelodones, firma un convenio con la Comunidad de Madrid para la creación de los Servicios Sociales Generales. En mayo de 1986 el alcalde informa de la inauguración del “edificio destinado a Asistencia Social”, cuando la población de derecho era de 2.507 habitantes.

Podemos pensar que, con la creación de los Servicios Sociales Generales desaparecía la necesidad de la existencia del Padrón Municipal de Beneficencia. Ocurre que, aunque en la misma Constitución Española se sustituyó el término “beneficencia” por el de “asistencia social”, el uso del Padrón Municipal de Beneficencia siguió existiendo unos años más. En Hoyo de Manzanares se mantuvo hasta 1989.

Documentación:

  • Libro de registro de salidas de documentos 1928-1939. Archivo municipal de Hoyo de Manzanares
  • Libro de pagos 1931-1937. Archivo municipal de Hoyo de Manzanares
  • Libros de actas de sesiones del Ayuntamiento desde 1933 a 1992. Archivo municipal de Hoyo de Manzanares
  • *La “Tarjeta Social”: ¿Eficiencia administrativa o carné de pobre?. Europapress

AUTORÍA: Pilar García Martín