LISTADO DE SOLICITUDES ADMITIDAS / EXCLUIDAS PROVISIONALES Y DEFINITIVAS DE LAS AYUDAS PARA GASTOS DE CUIDADO DE MENORES.
Visto el Decreto de Alcaldía 2020-0804 de 24 de junio, por el que se aprueban las Bases
reguladoras para la concesión de ayudas para gastos de cuidado de menores empadronados, así como su convocatoria modelo de solicitud y anexos para la presentación de documentación.
Visto el contenido de las Bases reguladoras de “Ayudas para gastos de cuidado de menores empadronados”, en concreto lo establecido en la Base 12ª: Procedimiento de tramitación y
Resolución.
Visto el informe propuesta emitido por la Instructora del expediente de fecha 8 de julio de 2020.
RESUELVO:
PRIMERO.
APROBAR el listado de las solicitudes admitidas y que reúnen los requisitos establecidos para ser beneficiarios de la subvención directa.
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SEGUNDO.
APROBAR el listado de las solicitudes excluidas y que admiten subsanación para ser beneficiarios de la subvención directa.
Se ha detectado que en todas las solicitudes excluidas provisionalmente no se ha acreditado de forma adecuada la necesidad de contratación del servicio de cuidados conforme lo establecido en las bases de la convocatoria, apartado décimo, documentación: Acreditación de la necesidad de
contratación del servicio de cuidados por alguna de las siguientes circunstancias:
– Certificado de empresa o acreditación de la actividad laboral del progenitor/es o tutor/es con
los que el menor conviva.
– Justificación de la participación del progenitor/es o tutor/es en actividades de formación para
el empleo.
– En caso de no ser posible, adjuntar declaración responsable en este sentido. En cualquier
caso, el horario acreditado deberá ser coherente con el del servicio de cuidados contratado.
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TERCERO.
APROBAR la propuesta de la cuantía de la subvención a conceder de las solicitudes informadas favorablemente:
Se traslada a los solicitantes la recomendación de la Comisión de Valoración de recordar a los
solicitantes de esta ayuda (tanto los que cuentan con informe propuesta de subvención como a
aquellos que se encuentran excluidos provisionalmente) que la presente línea de ayudas es para
contratar en el mes de julio un servicio para la atención a los menores durante la actividad
laboral de los padres o tutores, con los límites y requisitos establecidos en el artículo 4 de las
bases reguladoras.
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CUARTO.
Publicar el listado de solicitudes admitidas/excluidas del expediente de subvención: “Ayudas para gastos de cuidado de menores” a efectos de notificación en la página Web municipal y en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares, otorgando un plazo de 5 días naturales a contar desde el día siguiente a su publicación, para que los solicitantes que lo requieran aleguen lo que en su derecho consideren oportuno, subsane la falta o aporte de documentación, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá de ser dictada por la Alcaldía.