AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA MOVILIDAD CERO EMISIONES
La Comunidad de Madrid ha aprobado las nuevas normas reguladoras para el fomento de la movilidad cero emisiones en la región.
Las principales novedades de las normas reguladoras son las siguientes:
- Se introducen mejoras para:
- Facilitar la presentación de solicitudes a los ciudadanos.
- Agilizar la tramitación de los expedientes.
- Se amplían los vehículos objeto de subvención:
- Nueva línea destinada a subvencionar la adquisición de motocicletas eléctricas (categorías L3e, L4e y L5e).
- Se amplían los destinatarios de las ayudas:
- Las PYMES (microempresas) y autónomos pueden presentar hasta 5 solicitudes para la adquisición de bicicletas, ciclomotores y/o motocicletas. Además, una pyme que lleva a cabo su transporte dentro del municipio con una motocicleta eléctrica se puede ahorrar los costes de mantenimiento y el combustible. Es lo que se conoce como ahorro energético en la última milla.
- Se simplifican los requisitos técnicos de los vehículos:
- Menos requisitos que pueden acreditarse mediante una declaración responsable presentada por el solicitante.
¿Cuáles son las líneas de estas ayudas?
- Achatarramiento de un vehículo sin distintivo ambiental de la DGT o de más de 10 años para la obtención de un Bono ambiental cero emisiones:
- 1.250 euros, convertibles en kilómetros, minutos u otros costes, a consumir en un máximo de 24 meses en empresas de carsharing y motosharing adheridas al Convenio de colaboración firmado entre la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, la Asociación Empresarial para el Desarrollo e Impulso del Vehículo Eléctrico (AEDIVE) y las empresas de movilidad compartida.
- Adquisición de vehículos eléctricos nuevos:
- Bicicletas de pedales con pedaleo asistido: hasta el 50% del precio de adquisición (sin accesorios ni impuestos), con un máximo de 600 euros.
- Patinetes: hasta el 50% del precio de adquisición (sin accesorios ni impuestos), con un máximo de 150 euros.
- Ciclomotores de dos ruedas de la categoría L1e-B: hasta el 50% del precio de adquisición (sin accesorios ni impuestos),con un máximo de 700 euros.
- Motocicletas de las categorías L3e, L4e y L5e: hasta el 50% del precio de adquisición antes de impuestos, con un máximo de 1.000 euros.
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