BANDO JULIÁN CARRASCO OLMO, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES
Durante los períodos de peligro medio (1 al 15 de junio y 1 al 31 de octubre) y de peligro alto (16 de junio a 30 de septiembre), definidos por el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA), la celebración de parrilladas y/o barbacoas en suelo urbano o urbanizable es autorizada por el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares a través de la Concejalía de Medio Ambiente, que aplicará la norma o instrucciones que establezca el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA).
Con carácter general se autorizan las barbacoas en época de peligro medio y alto de incendio (16 de mayo-31 de octubre) siempre y cuando la parcela donde se realice la misma se encuentre a más de 50 m de terreno forestal o zona verde abierta a monte o no linde con parcelas de suelo urbano sin desarrollar que no se encuentren en las debidas condiciones de limpieza/desbroce.
Debido a la ola de calor y al peligro extremo de incendios forestales desde esta Administración se dejan sin efecto todas las autorizaciones de parrillas o barbacoas que han sido concedidas o prorrogadas por la concejalía de Medio Ambiente en suelo urbano o urbanizable hasta la finalización de la mencionada ola de calor.
Durante dicho periodo no se autorizará la realización de barbacoas. Asimismo, se recuerda que el no cumplir con estas obligaciones está tipificado como infracción muy grave en la Ordenanza municipal, oscilando la cuantía de la sanción entre los 1.501 y 3.000 euros.