Solicitud de becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior
EXTRACTO BOCM BECAS FP GRADO SUPERIOR
Del 27 de junio al 17 de julio de 2023 permanecerá abierta la presentación de solicitudes para las becas de Formación Profesional de Grado Superior de la Comunidad de Madrid cara al curso 2023-2024.
Beneficiarios
Alumnos que realicen algún ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Superior, en la modalidad presencial o a distancia, en centros privados autorizados para estas enseñanzas por la Consejería competente en materia de Educación.
Requisitos de beneficiarios
Los beneficiarios de esta ayuda serán aquellos que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes reúnan los requisitos previstos en las bases reguladoras:
- Estar matriculado (o tener reserva de plaza) en algún curso de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Superior, en la modalidad presencial o a distancia, en un centro privado autorizado por la Consejería competente en materia de Educación, siempre que para dicho curso y ciclo no se haya suscrito concierto o convenio con dicha Consejería.
- Estar matriculado del curso completo y no ser repetidor del mismo en el curso 2023/2024.
- No superar la edad de 35 años, en el caso de los solicitantes de beca, para realizar el primer curso de Formación Profesional de Grado Superior y no superar la edad de 36 años en el caso de los solicitantes de beca para realizar el segundo curso. En ambos casos los solicitantes no deberán superar el límite de edad a la fecha de finalización de presentación de solicitudes.
- No superar el límite de renta per cápita familiar de 35.913 euros.
- Ser residente en la Comunidad de Madrid, tanto para la modalidad presencial como a distancia. Para la modalidad a distancia será necesario haber residido en la Comunidad de Madrid, como mínimo, los cinco años anteriores a la solicitud de la beca.
Solicitudes
- Presencialmente
Mediante cita previa en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, incluidos los de las Direcciones de Área Territorial, y resto de lugares recogidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Telemáticamente
- A través de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid
- Con DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
*Los solicitantes menores de edad deberán identificarse con el certificado electrónico del del padre, madre o tutor.
Consulta toda la información en el portal oficial de la, pinchando AQUÍ